Renta Dignidad
La ley N° 3791 de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad), tiene por objeto establecer la Renta Universal de Vejez dentro del Régimen de Seguridad Social no Contributivo.
BENEFICIOS
- Una prestación vitalicia de Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) a favor de los titulares;
- Gastos Funerales, en favor de los derechohabientes.
BENEFICIARIOS DE LA RENTA DIGNIDAD CON EL 100%
Requisitos:
- Todos los Bolivianos de 60 años o mas
- Residentes en el territorio Nacional
- Perciban Renta o Pensión en calidad de titular o derechohabiente, o percibir ingresos como personaje notable.
- No percibir remuneración del TGN.
- No tener R. A. de suspensión de Cobro
- Estar registrado en BDRD.
VENTAJAS DE COBRAR EN NUESTRA ENTIDAD
Todas las personas de la tercera edad, pueden realizar el cobro de su Renta Dignidad en cualquiera de nuestras oficinas, le facilitamos el cobro brindándoles atención preferencial, rapidez en la transacción y toda la cordialidad que usted se merece. Solamente debe presentar su carné de identidad.